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¿QUÉ HACER CUÁNDO UN CLIENTE NO PAGA POR UN TRABAJO ENTREGADO?

¿QUÉ HACER CUÁNDO UN CLIENTE NO PAGA POR UN TRABAJO ENTREGADO?

Ilustración

A lo mejor le ha pasado o conoce a alguien que le ha pasado: entrega un trabajo y el pago se embolata. ¿Qué hacer en esa situación? Acá intentamos encontrar algunas respuestas a través de una triste historia y cinco preguntas puntuales.

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La triste historia

Esta historia corta –que aunque es ficticia quizá le resulte familiar– ilustra las aventuras y desgracias de muchos de los creativos –ilustradores, pintores, fotógrafos, videógrafos, periodistas, etcétera– que viven del freelanceo en este mundo sin dios ni ley. 

Contemos, por ejemplo, que el protagonista de dicha historia se llama Jay Fonseca y es una artista gráfica, profesora universitaria y directora de un taller de serigrafía bellísimo (@DiezLetras); y que el drama comenzó algún día de finales de enero, cuando un tipo vio su trabajo durante una exposición y quiso comprarle unas obras para un restaurante.

Al tipo llamémoslo “El Cliente”, en mayúsculas, porque no era distinto a ese comprador o contratante que cada uno de nosotros ha conocido alguna vez y que solo podemos recordar haciendo la señal de la santa cruz. Digamos que era un hombre joven que sabía de arte y que dijo estar maravillado por el trabajo de Jason, por su técnica, por su bla, bla, bla… El caso es que entre elogio y elogio, reunión va, reunión viene, acordaron verbalmente que cada obra costaría 100 pesos por separado, por poner un número, pero que las diez que componían la serie podrían costar 700 pesos en total. 

Jay dejó tres obras en el restaurante de El Cliente y tuvo que esperar una semana para que este le consignara 150 pesos y le pidiera otras cuatro obras. Luego tuvo que esperar nueve meses más, durante los cuales El Cliente esquivaba las bolas curvas con las excusas de rigor: “Hoy te consigno”, “He estado ocupado”, “Se me había pasado”. Hasta que Jay, cansada, aburrida, le pidió el dinero o las obras. 

Digamos, además, que El Cliente decidió consignarle otros 50 pesos, argumentando que ese era el valor acordado por cada pieza; vaya uno a saber en dónde, porque en esta historia no fue. Hasta que vino el desenlace y Jay tuvo que hacer una denuncia en sus redes sociales, igualita a la que muchos de nosotros hemos hecho: contando el cuento, haciendo público el argumento, exigiendo una solución. Y El Cliente, en actitud de víctima, decidió devolverle algunas de las piezas, primero una y luego otras dos, amenazando con botarlas si no eran recogidas a determinada hora. 

Supongamos que nuestra triste historia termina con que El Cliente se quedó con cuatro de las siete obras, argumentando que había pagado los 50 pesos que costaban individualmente. Y que Jay terminó sintiéndose como una bola, igual que cualquiera de nosotros en la misma situación. De hecho, ella misma se sorprendió al ver cuántos otros artistas comentaron su post-denuncia confesando haber vivido la misma situación. Porque, aceptémoslo, esto pasa más de lo que imaginamos.

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Primera pregunta: ¿Hay algo que pueda hacer cuando El Cliente no quiere pagar por un trabajo entregado?

Una buena noticia después de la triste historia: sí se puede hacer algo y el artista siempre (casi siempre, en realidad) tiene las de ganar, porque nadie puede violentar sus derechos de autor, ni los patrimoniales ni los morales.

No está de más señalar que en esa única frase está contenida toda una rama del derecho, así que ojo con cada término, porque acá queremos dar solo algunas nociones generales que nos permitan responder esta primera pregunta. Algunos de estos términos los tratamos alguna vez con más detalle en una pequeña guía sobre derechos de autor

No obstante, para el caso que nos compete, los derechos de autor son aquellos de los que goza quien crea una obra y que le permiten protegerla ante terceros. De esta manera, cuando usted hace un dibujo goza de los derechos morales de dicho dibujo, esto significa que no importa qué no importa cuándo no importa cómo el dibujo es de su autoría hasta después de su muerte. Y, así mismo, al hacer tal dibujo, usted goza de la capacidad de hacer plata con él, lo que se dice explotarlo comercialmente, lo que se dice gozar de los derechos patrimoniales. Los morales son inalienables, mientras que los patrimoniales pueden venderse, prestarse o regalarse. Estos últimos son los que cedemos total o parcialmente cuando vendemos una obra o un trabajo.  

Dicho esto, cuando usted hace un trabajo y el cliente no quiere pagárselo, puede emprender ciertas acciones dependiendo de cómo se haya dado la situación. Lo que nos lleva a la segunda y tercera pregunta.

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Segunda pregunta: ¿Qué hacer cuando El Cliente está utilizando un trabajo por el que aún no ha pagado?

Otra buena noticia: este es el caso más favorable para el autor, por lo menos en términos jurídicos, porque el estrés, la angustia y la rabia no se las quita ni Photoshop. 

Supongamos que usted vendió una de sus obras, como en el caso de nuestra triste historia, o que El Cliente le encargó un trabajo, sea un dibujo, una fotografía, un video, una pintura, un texto, un logo, o cualquier cosa que haga por vocación. Usted hace la entrega y queda a la espera del pago. Pasan las semanas, usted insiste y solo recibe excusas creíbles e increíbles, mientras su cuenta bancaria acumula telarañas. Hasta que una mañana, con el café en la mano, se entera de que El Cliente está usando ese trabajo que no ha pagado. La taza de café cae y se rompe en mil pedazos contra el suelo. Viene de nuevo el malestar, la rabia, la angustia. 

Sin embargo, amigas y amigos, este es el caso favorable. 

Jorge Vera, abogado especialista en propiedad intelectual y derechos de autor, es enfático cuando señala que en este caso El Cliente está cometiendo una violación a los derechos de autor. “Si no hay un contrato que especifique que puede utilizar la obra, si no hay pruebas de que pagó por su uso, si no hay una cesión de los derechos patrimoniales, entonces hay una explotación sin pago y sin autorización y ello podría llevar a un proceso de protección de los derechos del autor”, dice. 

El Cliente estaría cometiendo un delito, que puede ser más o menos grave dependiendo de qué tanto haya usado la obra. El alcance del uso es distinto si la expone en la pared de un restaurante o si la publica en redes sociales o si la imprime en una lata de cerveza de distribución nacional. En cualquiera de esos ejemplos, usted puede hacer algo, porque aún le pertenecen los derechos patrimoniales de la obra. Esto es importante: no importa si usted se entregó la obra tal como fue acordado, El Cliente no tiene autorización de usarla hasta haber cumplido con su parte del acuerdo.

Pero, entonces, ¿qué puede hacer?

  1. Buscar un abogado experto en la materia para que lo asesore. 
  2. Solicitar un proceso de conciliación con las partes (usted como autor y El Cliente como, bueno, el cliente). Dicho proceso puede llevarlo a cabo en la Oficina de Derechos de Autor o en la Procuraduría General de la Nación, sin costo alguno.
  3. Acudir a una acción de protección de derechos de autor o a una acción civil para el pago de la obra si este fue pactado por escrito. Este proceso puede llevarlo a cabo en la Oficina Derechos de Autor o ante un Juez Civil de Circuito de su ciudad.
  4. De no solucionarse por ninguna de estas vías, puede llevar el caso al Tribunal Superior de su ciudad.  

Opcional: Hacer un show mediático o por lo menos llevar a cabo una denuncia a través de sus redes sociales. A veces funciona, a veces no. Lo importante es que usted diga la verdad y nada más que la verdad en el post que haga, de lo contrario podría cometer injuria o calumnia. Obviamente, también es ideal que usted tenga pruebas de que la obra es suya, de que el otro no quiere pagar, y de que el otro la está utilizando sin autorización. 

No es una opción: Bajo ninguna circunstancia se ponga un pasamontañas y se meta a medianoche en la casa de El Cliente para recuperar su obra valiéndose de las habilidades que aprendió viendo programas de televisión. 

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Tercera pregunta: ¿Qué hacer cuando El Cliente decide no utilizar un trabajo entregado y, por tanto, decide no pagarlo?

Va la mala noticia del día: en este caso no hay nada que hacer. El autor lleva las de perder. 

Desglosemos esta desgracia. Supongamos que El Cliente le encarga un trabajo sobre las montañas a las afueras de la ciudad. Usted madruga, empaca café y un sándwich para el camino y se desplaza hasta allá pagando transporte o gasolina o peaje o simplemente pedaleando durante un par de horas. Estando allá hace su magia y vuelve luego de haber gastado plata, tiempo y materiales. El día acordado entrega el trabajo y espera el pago. Entonces, una mañana cualquiera, tomándose otro café (para estas historias se necesita mucho café), El Cliente le dice que ya no va a utilizar el trabajo y, por tanto, que no lo va a pagar. La taza cae y se rompe en mil pedazos contra el suelo, y usted siente malestar, rabia, angustia. 

Lo dicho: acá no hay nada que hacer. 

El abogado Vera señala que este caso es triste porque sucede en más de una profesión y oficio, no solo en la industria creativa. “Cuando usted encarga un traje a un sastre tiene el derecho de no comprarlo por X o Y motivo, sea que la manga quedó larga, o que la tela era otra, o que el color era distinto. Simplemente puede decir ‘No me satisfizo’. Desde el punto de vista jurídico no hay nada que hacer”, dice. 

No hay violación de ningún derecho de autor, usted sigue siendo dueño de los derechos patrimoniales. Incluso podría tomar ese trabajo y venderlo a otro cliente sin remordimiento alguno. El problema con este caso es ético, por ponerle un nombre: dado que el sastre utilizó tiempo y recursos, usted debería darle la oportunidad de ajustar el trabajo según lo que desea para adquirirlo; lo mismo sucede con el trabajo creativo.

Finalmente, en un giro radical de la trama, debido a una lógica parecida a esta, El Cliente puede pagar por el trabajo según lo acordado y no utilizarlo jamás.

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Cuarta pregunta: ¿Y qué pasa si no hubo ningún documento, sino que todo fue apalabrado?

Otra noticia (ni buena ni mala): hay contratos escritos y contratos verbales, y estos últimos tienen validez jurídica; por tanto, el autor podría tener las de ganar (es decir, también podría tener las de perder).

Recordemos nuestra triste historia. Cuando Jay Fonseca y El Cliente del mal conversaron sobre las piezas y definieron un precio por ellas establecieron sin saberlo un contrato de compra de obra. Según el abogado Vera, estos contratos suelen complicarse en el momento en que se incumplen porque requieren que las partes reúnan pruebas que sustenten su respectivo caso. “Aun así, tienen tanta validez como un contrato escrito, a pesar de no haber un título ejecutivo de por medio (léase, un documento que garantice la exigencia de cumplimiento de una orden o de una ley)”, dice.

En ese orden de ideas, cuando hablamos de pruebas nos referimos a mensajes de WhatsApp, registros de llamadas telefónicas, correos electrónicos, recibos de pago, cuentas de cobro, y cualquier otro soporte que sirva para aclarar el punto. De hecho, en caso de haber una comunicación escrita –mensaje o correo– en el cual se especifiquen los términos del acuerdo, esta valdría por sí misma como un contrato escrito. Con estas pruebas, es posible seguir los pasos listados en la segunda pregunta

Este caso es uno de los más frecuentes en el mundo del freelance creativo. Los encargos por WhatsApp, correo electrónico o llamadas telefónicas son el padre nuestro de cada día. Por ello, la recomendación de los expertos es dejarlo todo por escrito. Si usted habló por teléfono con un cliente que le hizo un encargo, no importa qué tan cercanos sean, lo mejor es que le envíe inmediatamente un mensaje en el cual especifique cuál es el trabajo, la fecha de entrega, el monto a pagar, la forma de pago y el alcance del uso de la obra. 

Y acá es importante hacer un paréntesis. Usted puede ceder los derechos patrimoniales de mil formas distintas, por ejemplo, limitándolos a una publicación única, a una ciudad específica, a un canal de comunicación determinado, a un tiempo definido, etc. Y es importante que aclare esto en el acuerdo para que no se lleve sorpresas; no sea que usted venda un dibujo para la portada de un libro publicado en el país y luego se lo encuentre circulando en todo el mundo en el afiche de promoción de la adaptación al cine. Si El Cliente utiliza la obra de alguna forma distinta a la acordada, estaría violentando una vez más sus derechos patrimoniales como autor. 

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Quinta pregunta: ¿Qué hacer para evitarme todo este lío?

No es una noticia, sino simplemente información: haga contratos o al menos deje por escrito lo que acuerda con sus clientes o con las personas que le encargan trabajos. Y en esos documentos o mensajes especifique todas las condiciones listadas hace apenas unos párrafos atrás: motivos del trabajo, fechas de entregas y de pagos, precios, condiciones de explotación del trabajo y una cláusula central en la cual se especifique que el uso o explotación de la obra queda sujeto al pago (recomendación del abogado Vera).

La industria creativa a veces es injusta y, por lo general, pareciera ser un mundo sin dios ni ley. Pero al observar con calma podemos notar que de vez en cuando aparece algún dios para darnos la mano, y que eventualmente la ley está de nuestro lado si andamos de puntillas en la selva del derecho y la burocracia.

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Brian Lara

Bogotano, literato y administrador de empresas. Ha publicado entrevistas, perfiles y ensayos sobre ilustración, literatura, teatro, música, salud y medio ambiente para las revistas Bacánika, Bienestar Colsanitas y Arcadia. Eso, en el tiempo que le queda luego de jugar Play. 

Bogotano, literato y administrador de empresas. Ha publicado entrevistas, perfiles y ensayos sobre ilustración, literatura, teatro, música, salud y medio ambiente para las revistas Bacánika, Bienestar Colsanitas y Arcadia. Eso, en el tiempo que le queda luego de jugar Play. 

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