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Guía para el sufrido trabajador freelance

Guía para el sufrido trabajador freelance

Ilustración

Cada cuenta de cobro, cada impuesto es un nuevo momento de angustia para el freelance. Acá le contamos lo que debe saber sobre las leyes que lo amparan (y las que no), cuánto debe pagar de salud y pensión, dónde puede buscar ayuda.separador

Podemos trabajar en piyama y chancletas, ir a matiné un jueves, beber los lunes como antes hacían los zapateros. Vacacionamos en marzo u octubre, nada nos obliga a madrugar, las malas pulgas de los jefes no pueden tocarnos, no tenemos que jugar al amigo secreto si no queremos. Somos independientes, autónomos. Hemos roto con el yugo de la subordinación laboral. En teoría.

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En la práctica, vivimos en la incertidumbre, un poco ansiosos, esperando que algo resulte o haciendo malabares con varios trabajos para pagar las deudas de cuando nada resulta. Muchos somos freelanceros porque no hay más opción, y para tener el nivel de vida de un asalariado tenemos que trabajar el doble, bajo plazos imposibles y en salvaje competencia con quienes trabajan por menos plata. Vivimos, como dice un amigo, in-the-pendiente.

No nos cobijan leyes laborales sino los códigos Civil y de Comercio, porque nuestros contratos son de prestación de servicios, es decir, acuerdos entre dos partes que se supone son iguales (aunque esa relación nunca sea horizontal). Y somos formales porque pagamos salud y pensión, pero para la Organización Internacional del Trabajo estamos muy cerca de la informalidad, pues no nos protege el derecho laboral. Como afirma el abogado Daniel Jaramillo, “la efectividad de los derechos de los contratistas es prácticamente inexistente”.

De todas formas, cada vez somos más. Para el Dane somos el 39 % de la población ocupada del país (que es de 22 millones de trabajadores), y según organizaciones sindicales, apenas dos o tres millones aportamos a seguridad social como independientes.

Somos la muerte del fordismo, nodos del capitalismo reticular: una nueva clase. Y para adquirir conciencia de clase, como en los albores de la difunta Revolución Industrial nos enseñó el marxismo, mejor saber a qué nos enfrentamos.

Lo importante es que haya salud

Lo más duro de ser freelance es el pago de salud y pensión. En Colombia, el régimen es contributivo, es decir solidario. Sobre el papel es hermoso: los que podemos aportamos una cuota mensual, que cubre nuestras necesidades de salud y el aporte a nuestra pensión, y de la cual se destina una parte para que quienes no pueden aportar tengan nuestros mismos derechos: un plan obligatorio de salud —el famoso POS— amplio e igual para todos, una pensión para no estar desamparado en la vejez, la viudez o la discapacidad.

Los independientes, que por lo general carecemos de ingresos fijos, pagamos más impuestos y aportes que un asalariado, aunque en la legislación, para esos efectos, seamos asalariados. Eso significa que no existimos como especie, pese al artículo 25 de la Constitución: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado”.

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Un empleado le cuesta al empleador 47 % más del sueldo que le paga, por lo que llaman carga prestacional: cesantías, primas, vacaciones, licencias y más de la mitad del aporte a salud y pensión. A los independientes nos pasa lo contrario: entre impuestos y aportes ganamos 21,4 % menos de lo que cobramos.

Si fuéramos empleados, cotizaríamos 4 % de salud y 4 % de pensión sobre un Ingreso Base de Cotización (IBC) del 40 % del salario, y nuestro empleador debería aportar el resto del porcentaje que determina la ley. Pero como somos nuestro propio empleador, tenemos que aportar 16 % para pensión y 12,5 % para salud sobre ese mismo IBC, que en ningún caso puede ser inferior al salario mínimo porque nadie puede vivir con menos de eso, y si así fuera nadie completaría las semanas necesarias para una pensión.

Digamos que un mes recibimos honorarios por un millón de pesos. El 40 % de ese ingreso son $400.000, pero el salario mínimo es de $737.717. Entonces, por ese millón que recibimos debemos aportar $92.214 para salud y $118.034 para pensión. Además, si el contrato es de más de tres meses o el trabajo es de alto riesgo, debemos pagar un pequeño porcentaje a una Aseguradora de Riesgos Laborales, ARL.

Lo que hay que saber es que si el contrato —que puede ser oral o verbal— es de varios meses, los honorarios se pueden dividir por esos meses para reducir la base, y que no tenemos que cotizar dos o tres veces porque para eso están los operadores: un solo pago basta, mientras sea proporcional a todos nuestros ingresos.

En sentido estricto, no hay forma de evadir la carga, y lo que algunas empresas —muy pocas— hacen para facilitarnos la vida les podría costar plata y sanciones. Si no pagamos salud y pensiones, no nos pagan, y la UGPP (Unidad de Gestiones y Parafiscales) lleva un tiempo sancionando a empresas que no aportan por sus empleados o no nos obligan a hacerlo a nosotros los independientes que les hacemos algún trabajo. Mejor dicho: puede que en algunas empresas no le pidan salud y pensión, pero tarde o temprano tendrán que hacerlo o el gobierno las sancionará. Además, da lo mismo si no lo hacen, porque hay que tener salud, y no se puede tener salud sin pensión desde 2012, por culpa de los tramposos que antes aportaban poco a salud y mucho a pensión.

Todo mal, a menos que usted declare renta, pues le descuentan los aportes a seguridad social. O sea: no somos tan pobres para acceder a subsidios, ni tan ricos para gozar de los beneficios de tributar. Y ni siquiera podemos echarle la culpa al sistema, que no es uno de los peores. Por ejemplo, en Estados Unidos, donde uno de cada tres trabajadores es independiente, un asalariado paga menos del 15 % en impuestos y seguridad social, mientras que un freelancer debe disponer del 30 % de sus ingresos para lo mismo.

El régimen de la retefuente para el independiente

El tema de los impuestos es la parte más difícil y enmarañada, pues las normas varían, prácticamente, cada dos años y tienen múltiples interpretaciones —que es como decir que las empresas pueden poner las condiciones que quieran y a nosotros los independientes nos toca aceptarlas si queremos hacer el trabajo.

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Lo primero que hay que saber es a qué régimen pertenecemos, y por eso existe el Registro Único Tributario (RUT). Si usted declara renta, pertenece al régimen común. Pero quienes ejercemos profesiones liberales poco lucrativas —artistas, fotógrafos, periodistas, diseñadores, contadores— casi siempre somos del régimen simplificado, que abarca a todas las personas naturales con algún ingreso.

Si sus ingresos anuales superan los $44.602.600 (equivalentes a $3.716.883 mensuales), debe declarar renta, es decir, explicarle a la Dian cuánto ganó el año anterior y cuánto gastó, para que le diga cuánto le debe. Y si vive en Bogotá y declara, le toca pagar también un 1 % de Impuesto de Industria y Comercio Agregado, ICA. No es tan difícil como parece y en la página de la Dian hay instructivos. Pero si fueran tan fáciles de llenar, muchos contadores tendrían una posibilidad laboral menos. Así que se puede hacer toda la gestión sin la ayuda de un contador, pero tiene su maña. Hay que tener paciencia, tiempo y los nervios bien templados.

A los que ganamos menos de ese monto no nos toca declarar pero nos hacen retención en la fuente, que en rigor no deberían hacernos precisamente porque no declaramos. También tenemos la opción de declarar aunque no seamos contribuyentes, para aprovechar ese saldo a favor. Si después de los cálculos resulta que usted pagó más impuestos de los que debía, la Dian tendría que devolverle esa plata. Pero esto no es Suiza ni Canadá: el trámite es largo y nada amigable; en la práctica, es muy difícil que ese dinero regrese al bolsillo del contribuyente.

En síntesis: no somos objeto de retención pero igual nos toca convencer a los contratantes, mediante declaraciones juradas, que se amparan en los artículos 383 y 384 y 592 del Estatuto Tributario, de que somos independientes sin empleados, y hacer la solicitud de equiparar nuestros honorarios con salarios. O así será hasta que terminemos de entender los alcances de la reforma tributaria...

Como dice Federico Ruiz, fotógrafo independiente de Medellín, “todo un capítulo de Twilight Zone esto de tributar como independiente”.

Precarios del mundo unidos

Al encubrimiento de relaciones laborales mediante contratos de prestación de servicios se le dice precarización. Según el economista británico Guy Standing, autor del libro El precariado. Una nueva clase social, la precarización se define como la adaptación a una vida y un empleo inestables por parte de gente estudiada pero arrinconada por el capital. Si atendemos estas palabras, debemos admitir que los trabajadores independientes tenemos unas condiciones laborales precarias.

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En Colombia estamos lejos de lo necesario: extender la protección laboral para que el contratante cubra la mitad de los aportes a salud y pensión, o el porcentaje de cotización pueda escalarse con años y experiencia. También estamos lejos del día en que no parezca descabellada la idea de una renta básica universal, de la que apenas empieza a hablarse en países más afortunados, y que consiste en un pago que hace un Estado a todos sus ciudadanos independientemente de si tienen trabajo remunerado o no. Para eso, estas cuestiones tendrían que importarle a alguno de esos congresistas que ganan treinta millones al mes y trabajan menos de tres días a la semana.

Mientras tanto, y ya que somos tantos, podemos echar mano de lo que nos han dejado pegado de la olla. Organizaciones como Freelancers Union, que les hacen la vida más fácil a los 53 millones de trabajadores independientes que tiene Estados Unidos; plataformas donde se juntan gente que sabe hacer cosas y gente que las necesita, como Workana, Freelancer o Soy Freelancer; comunidades como Vida Freela; herramientas como la Calculadora Freela...

Por lo pronto, convengamos en que no hay por qué aceptar horarios ni jefes si el contrato no incluye prestaciones, y exijamos un contrato por escrito por si luego hay que pelear: “cuestión de prueba” (aunque sea una forma Minerva). De consuelo nos queda saber que en el tema de honorarios sí nos cubre el derecho laboral, aunque esto tenga una efectividad reducida porque ningún abogado va a emprender una demanda por poca plata, y nuestra única opción son consultorios jurídicos.

Seamos el grito cansado, como dice la canción. Trabajemos mucho, en horarios y con plazos imposibles, pero sin “bailar” por dinero, pues siempre habrá algo que vender y en el trabajo, como en la vida, el miedo es el peor precarizador. Al fin y al cabo, nadie nos puede quitar el placer de mandarnos solitos.separador

Paula Camila O. Lema
Periodista de la Universidad de Antioquia. Correctora, editora en ciernes. Aprendiz de peluquera. Independiente. Del antro de redacción de Universo Centro.
Periodista de la Universidad de Antioquia. Correctora, editora en ciernes. Aprendiz de peluquera. Independiente. Del antro de redacción de Universo Centro.

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