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Guía ilustrada sobre derechos de autor y plagio

Guía ilustrada sobre derechos de autor y plagio

Ilustración

A propósito de algunos casos recientes en los cuales se han visto comprometidos los derechos de autor, nos planteamos diez preguntas sobre este tema fundamental para todos los creativos. Con la ayuda de varios abogados y un ilustrador intentamos que esta guía fuera tan rigurosa como fácil de entender: útil para que usted no plagie sin darse cuenta y para recordar que la propiedad intelectual es valiosa y que tomarla sin crédito ni permiso es delito.

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PLAGIO apertura

L

as infracciones a los derechos de autor son pan de cada día en los trabajos creativos. En Bacánika, recientemente, vivimos de cerca varios casos de esta naturaleza. Estas incómodas situaciones nos enfrentaron a preguntas urgentes sobre la propiedad intelectual y el valor del trabajo creativo. Aunque es una propiedad inmaterial, es muy valiosa, la esencia del trabajo editorial y artístico. Atenuar la gravedad de los casos que atentan contra esta propiedad o convertirlo en motivo de rumores a través de redes sociales desdibuja la gravedad de los mismos; invisibiliza o sataniza las víctimas, o pone en el escarnio público, sin el debido rigor, a los infractores. De ahí la importancia de respetar las instancias legales y abrir una discusión pública con argumentos.

Las obras de estudiantes, periodistas, ilustradores, fotógrafos, músicos, humoristas, cineastas y escritores son violentadas de una y mil formas y todo parece quedar en nada. De ahí que se reproduzcan una y mil veces: nadie lo habla. Y así la falta también parece ser diminuta, un simple error de citación.

La copia es solo una de esas infracciones, pero es la más frecuente. Normalmente se le conoce como plagio aunque en la legislación colombiana el término aún no exista. Y, sin duda, es de las más comunes porque aquellos que estamos involucrados en los sectores creativos desconocemos las leyes que protegen nuestro trabajo y también las faltas en las que podemos incurrir si decidimos no respetar el trabajo de los otros.

Discutir abiertamente sobre derechos de autor y, particularmente, el plagio podría evitar que un zorro –como el protagonista de las ilustraciones que acompañan esta guía– hurte alguna de nuestras creaciones, nuestros huevos de oro.

PLAGIO Introducción

Esta es una guía medianamente breve (a pesar de lo larga) sobre el plagio hecha para usted, sin importar cuál sea su campo creativo. Son apenas diez preguntas que van desde “qué son los derechos de autor” hasta “cómo se penaliza el plagio en Colombia”, más un comentario sobre las dinámicas del plagio en Internet, que es el lado oscuro de esta luna.

Este texto fue escrito bajo la supervisión y apoyo del abogado Juan Fernando Ramírez, de la firma MBCR y con el respaldo del abogado Javier Fonseca, decano de derecho de la Fundación Universitaria Los Libertadores y director de la firma Fonseca & Asociados.

Diez preguntas sobre los derechos de autor

1. ¿Qué son los Derechos de Autor?

Una de las primeras referencias que existe respecto a este tema nació a raíz de la copia que un monje llamado Columcille hizo de un manuscrito que su maestro trajo desde una abadía escocesa. Este acto ocasionó una guerra y terminó en un juicio, con el rey supremo de Irlanda pronunciando la frase: “A cada vaca su ternera, a cada libro su copia”. Desde entonces se entiende toda obra como una hija del autor. Una creación.

Mucho después, los derechos de autor terminaron de moldearse como tal alrededor de la imprenta. Lo que es apenas lógico: entre más fácil sea la reproducción de cualquier obra, sea un texto, una fotografía, o una pintura, más frágil será el control del autor sobre ella. Por ello resulta comprensible que los conflictos en esta materia sean una pesadilla en la era digital: nunca antes había sido tan fácil acceder a los contenidos creados por cualquier persona en cualquier parte del mundo y nunca había sido tan fácil intentar borrar todo rastro de ello a falta de tinta y papel.

Los derechos de autor, entonces, sirven para que el autor proteja su obra, su creación, ese huevo de oro. Y están enmarcados dentro de una cosa más grande que se llama Derecho de Propiedad Intelectual. Así que:

Derecho de propiedad intelectual: regula el trío compuesto por: una creación intelectual (o sea una obra), su autor (o sea usted) y la sociedad (o sea el resto: jefes, profesores, abuelos, papá, mamá...).

Dicha regulación está mediada por los derechos de autor. Así que:

Derechos de autor: son una serie de poderes que tiene usted como autor para hacer lo que se le dé la gana con su creación intelectual y que nadie se meta con ella sin su permiso.

Estos poderes se reúnen en dos grupos: Derechos Morales y Derechos Patrimoniales. Así que:

Derechos morales: le permiten a usted como autor reconocer que la obra es suya, y son como la piel o el cariño verdadero, ni se compran ni se venden. Incluyen además poderes de:

a) Paternidad: facultad para decir que la obra le pertenece solo a usted.
b) Integridad: facultad para oponerse a modificaciones, mutilaciones o cambios.
c) Inédito: facultad para guardar la obra en el cajón de las medias y nunca publicarla.
d) Modificación: facultad para cambiar la obra después de publicada; claro, arreglando primero con los que se vean afectados.
e) Arrepentimiento: facultad para retirar la obra de circulación.

• Derechos patrimoniales: le permiten a usted como autor hacer lo que le venga en gana con su obra para hacer plata y son como la ropa, pueden venderse o prestarse o regalarse. ¿A quién? A quién quiera. Cuando alguien le paga por su obra, le está pagando por estos derechos y usted se libera de ellos. Incluyen poderes de:

a) Libre disposición: el titular (o sea usted o el comprador o quien sea) puede hacer con la obra lo que quiera.
b) Reproducción: el titular (o sea…) puede autorizar o prohibir la comunicación de la obra en otros medios o mediante nuevas copias.
c) Comunicación pública: el titular (…) puede compartir la obra con un grupo de personas para que ellas dispongan de ella cuando gusten.
d) Transformación: el titular (.) puede autorizar o prohibir cambios que generen obras derivadas, por ejemplo, una traducción o una adaptación al cine.
e) Distribución: el titular puede vender o alquilar ejemplares de la obra siempre y cuando no violente los derechos morales del autor, léase, usted (siempre usted).

Cuando hay violaciones a los derechos autor –y el plagio es apenas una de ellas– se están violentando varios de los derechos morales y/o patrimoniales. Por eso suelen ser faltas graves. Los abogados las llaman pluriofensivas. En Colombia, todo esto está expresado principalmente en la Ley 23 de 1982.

Las infracciones al derecho de autor no se dan exclusivamente cuando se utilizan las obras de alguien más sin contar con autorización.

Un caso particular de infracción a los derechos de autor: El pintor antioqueño Gabriel Calle demandó al Centro Comercial San Diego, por haber violado su derecho moral a la integridad de la obra, después de que el mural pintado por el artista fuera cubierto con pintura gris. La Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) le dio la razón al artista, aunque un juez de segunda instancia revocó el fallo y exoneró de responsabilidad al Centro Comercial por motivos de deterioro de la edificación, que poco tenían que ver con la clara infracción a los derechos del muralista.

2. ¿Desde qué momento el autor es sujeto de derechos de autor?

Desde el instante en que crea algo.

Las cartas de amor que usted escribió en el cuaderno de matemáticas ya están protegidas por derechos de autor; no importa si las publicó en un libro o se las entregó a su crush o las tiene guardadas debajo del colchón. Lo mismo para los dibujitos, los poemitas, los cuenticos, las tesis, las crónicas, las novelas, las canciones, las pinturas. Y un largo etcétera.

PLAGIO cómo actuar

3. ¿Qué es el plagio?

Ahora sí. El plagio.

Es una de las formas de infringir los derechos de autor. Una entre decenas. Y, sorpresivamente, aunque es una de las más frecuentes, no está definida dentro de la legislación colombiana pero al mismo tiempo sí es acogida por la doctrina especializada en el tema. Está en un limbo jurídico. Un “sí pero no”. Este cóctel implica, como podrá imaginar, una niebla espesa en la que es difícil moverse.

A simple vista parece ser solo una cuestión de citación, de copiar un poquito de alguien más y ya está. Pero el plagio es mucho más complejo en formas y en profundidad. Dependiendo el caso violenta varios de los derechos morales, varios de los patrimoniales y algunas consideraciones éticas. Es un asunto serio. Piense que el monje Columcille incluso provocó una guerra.

En últimas, al ser una infracción a los derechos de autor, es un delito. No importa si usted es un premio Nobel o está terminando la universidad.

Sin embargo, si quiere una definición más precisa y completa, la academia dice que es “la usurpación de la autoría de una creación anterior de otra persona”.1 Es decir, hay plagio cuando usted toma algo que ya hizo antes alguien más. Bueno, a menos que sea de los privilegiados con la capacidad para viajar en el tiempo.

Apoyarse en lo que hizo alguien más no es un crimen, pero si usted lo usa groseramente está caminando en la cuerda floja. Para que haya plagio son necesarias tres condiciones:

a) Copia: incorporar en su creación elementos originales de la obra de alguien más. Importa cinco que esos elementos sean muchos o poquitos, o que usted los cambie o deje igual.
b) Apropiación: hacer pasar como suyos –salidos de su genio e inspiración– esos elementos que copió.
c) Utilización: usar públicamente lo anterior, ya sea en un libro, una revista, una página web, un post de Facebook, una tesis o una tarea de primer semestre.

4. ¿La idea es lo que se plagia?

No.

La frase “Me robó la idea” no tiene ningún peso y por eso no sirve de argumento para acusar de plagio. “Una idea es algo etéreo, globos en las nubes”, explica el abogado Jorge Vera, de la firma Vera Abogados Asociados, expertos en propiedad intelectual. El plagio no recae sobre la idea. “Solamente cuando esa idea pasa al papel queda protegida en la forma en la que fue expresada o desarrollada”.

Esto significa que usted, su tío el chistoso y yo podemos agarrar el mismo globo de la nube y trabajar sobre la misma idea –un ilustrador o una silla, por ejemplo–, y seguro que cada uno va a desarrollarla de una forma particular, digamos diferente, digamos original. El plagio aparece cuando alguno de nosotros usurpa esa forma original y diferente de llevar a cabo la idea que usó el otro.

Y esa forma de expresión puede estar en palabras, imágenes, estructuras, colores, procedimientos, materiales, melodías, y otro largo etcétera. Usted plagia cuando plasma una idea sospechosamente igual a la de otro, sin importar si es su tío o un niño de primaria, The New York Times o el blog de la vecina.

5. ¿Pero entonces cuándo es plagio y cuándo no?

La forma más sencilla de evitar el plagio sí es citar y referenciar correctamente: diga de quién y de dónde sacó eso que utilizó. Las comillas tienen que ser sus dos mejores amigas. Aunque, como dije, el asunto no se limita a eso: un error de citación puede ser una frase; tres, cuatro, cinco o más ya es otra cosa.

Aquí hay algunos casos puntuales.

PLAGIO Cuando sí

a) Cuando sí es plagio. 

• CTRL C + CTRL V (Copiar tal cual)

TABLACopiar-tal-cual

Si usted copia palabra por palabra lo que dijo otro y no cambia ni una coma, ni una tilde, ni siquiera pone un error de ortografía como para disimular, está plagiando. Está robando groseramente lo que dijo ese otro. A este tipo de plagio se le conoce como burdo. Así que, por favor, no sea burrrdo.

Buscar y reemplazar (Parafraseo)

TABLA Parafraseo

Cuando usted le pide a su amigo que le preste la tarea y solo le cambia dos o tres palabras, está plagiando. Al parafrasear usted está dejando de lado las comillas y además está modificando sin autorización lo que dijo el otro.

Todos los campos son obligatorios (Citar sin referenciar)

TABLAS-Citar-sin-referenciar

Como en los formularios en línea, todos los campos son obligatorios a la hora de hacer una cita. Usted puede poner las comillas bien bonitas al principio y al final del fragmento que copió, pero si no agrega quién es el autor original de eso, con apellidos y todo, no está haciendo nada. Plagio. Lo ideal es poner las comillas, el autor y el libro o artículo de dónde copió lo que copió.

Retweet (Citas muy largas)

TABLA4-Retweet-

Para que una obra suya sea original tiene que tener por bajito un 60% de cosas escritas por usted. Así que si usted copia y pega una cita mía de dos páginas y luego escribe solamente un párrafo propio, está cometiendo plagio. Incluso si al final de esa cita pone mi nombre, mi cedula y mi RH. Una cita larga no puede ser superior a cinco renglones y a partir de ella usted tiene que hacer su magia, crear algo propio de más de cinco renglones.

Salpicón (Copiar de múltiples fuentes)

TABLAS Salpicon-

También se le conoce como la Frankenstein. Consiste en copiar un poquito de mí, otro poquito de su tío el chistoso, otro poquito del presidente y pegarlo todo junto en una misma obra sin citar a nadie. Es construir algo con retazos y hacerlo pasar por propio. Reee plagio.

El espía (Observaciones)

TABLAS El-espIA

Usted puede ver lo mismo que veo yo. Usted puede incluso pensar lo mismo que pienso yo, ser mi sombra, mi gemelo malvado. Pero a la hora de la verdad, no puede escribir lo mismo que escribí yo. De nuevo: la forma de expresar las ideas tiene que ser diferente. De lo contrario, plagio.

El Terminator (Trabajos colaborativos)

TABLAS terminator

Si usted hace un trabajo colaborativo con colegas y al final decide eliminarlos uno a uno, borrar sus nombres y sus huellas para que nadie sepa que existieron y que participaron en la creación de la obra, está cometiendo plagio. Eso además es una falta de lealtad gigante, equiparable a lo de Scar con Mufasa.

Un caso de Terminator: A finales de los años ochenta en Barranquilla, un ilustrador intentó quedarse con la parte de los derechos que le correspondían a su colega que había redactado los textos de un libro didáctico, y demandó a la editorial que lo había publicado para quedarse con todas las regalías. La maniobra salió cara cuando la Corte Suprema condenó al ilustrador a pagar 15 meses de cárcel y “200 gramos oro por los perjuicios materiales y 100 gramos oro por los morales”.

El fragmentado (Autoplagio)

TABLAS AUTOPLAGIO

El famoso autoplagio. Si una de sus personalidades crea una obra y la pública en un medio, y luego otra de ellas coge la misma obra y la pública en un segundo medio, está cometiendo plagio. Usted no puede publicar dos veces la misma obra y hacerla pasar por original en ambos casos. Incluso, usted debe citarse a sí mismo como si fuera un autor diferente (aunque, sí, autocitarse es una cosa muy guisa).

Un asunto aparte son las cesiones o las republicaciones, que es cuando el segundo medio sabe que usted publicó la obra antes en el primer medio e igual decide publicarla. En ese caso siempre hay que mencionar que la obra fue publicada antes.

Lo esencial SÍ es visible a los ojos (Imágenes)

Si usted es fotógrafo, ilustrador, cineasta o artista visual es obvio que si crea una imagen que sea sospechosamente igual a otra está embarrándola. Sin embargo, al respecto hay poca claridad en la legislación colombiana.

Con las imágenes hay que tener en cuenta la composición, la forma, el color, la técnica y el material; para que haya plagio debe haber copia en varios de estos elementos de tal manera que, en efecto, una imagen sea muy parecida a otra.

La DNDA dice que cuando se trata de fotografías no se podrá utilizar la defensa de “derecho de cita”. Así que la recomendación general es pedir permiso.

PLAGIO Cuando no

b) Cuando no es plagio.

“Hágale, todo bien” (Obras con permisos)

Hay autores que no creen en el copyright y abogan por la circulación más libre de la información. Sus obras suelen tener permisos de difusión un poco más laxos, con apenas algunas condiciones. Las licencias creative commons son un ejemplo. Igual lea la letra pequeña y hágale, todo bien.

“Alguien puede pensar en los niños” (Para enseñanza)

Las obras pueden utilizarse en su totalidad o parcialmente siempre y cuando sean para enseñanza. De ahí que usted pueda fotocopiar un libro en la universidad y no le caiga la policía o que su profesor proyecte una película y usted no pueda llamar a la policía. La condición es que nadie haga plata con eso y que se mencione al autor original de la obra.

“Dele reenviar, no pasa nada” (Comunicados de prensa)

Los departamentos de prensa de las instituciones (cualquiera que sea) suelen enviar a los medios comunicados de prensa con textos e imágenes para dar a conocer un evento o un producto –viene tal artista, comienza tal feria o exposición, sale tal libro o disco al mercado, etc–. Dichos textos e imágenes usted puede copiarlos y publicarlos tal cual, sin cambiarle una coma porque su propósito es ese. También puede reescribir a partir de ellos como si fueran insumo para su nota, en vista de que su naturaleza es más promocional que comercial.

"¿Esa misma noticia no está en otra parte?” (Noticias de agencias de prensa)

Las obras producidas a raíz de un acontecimiento de actualidad y difundidas en la prensa, la radio o la televisión pueden usarse siempre y cuando esto no haya sido prohibido por el titular original. Normalmente las agencias de prensa venden y revenden noticias a cualquier medio que esté dispuesto a pagar. Esto porque en los derechos patrimoniales de dichas obras así quedó establecido. Quienes compran, deben mencionar quién es el autor original de la obra y no pueden modificarla, a menos que aquello esté explícitamente manifestado por el titular.

“Métale ahí unas cifras” (Datos y cifras)

Para darle peso a su obra seguro que va a apoyarse en cifras y datos: me refiero a estadísticas, fechas, nombres de libros, años de publicación y demás que se le ocurran. Cualquiera de esas cosas usted puede copiarlas tal cual e incluso no mencionar la fuente de donde las tomó y no pasa nada. Mencionar la fuente en este caso es más por un asunto de credibilidad y respeto por el oficio duro de levantar información.

• “Las palabras se las lleva el viento” (Comunicaciones orales no publicadas)

Ni un discurso, ni una conferencia, ni una clase están protegidas por derechos de autor. Hasta que todo lo dicho esté plasmado de alguna forma un poco más tangible usted puede usarlo libremente. Mejor dicho, hasta el momento en que lo dicho deje de ser ideas que se van con el viento y se convierta en algo concreto, expresado de alguna forma original.

“Me robó la ideaaaa” (Conversaciones de borrachos)

Cuando usted está tomándose algunas cervezas con colegas y pasan de rajar y morbosear a raimundo y todo el mundo, y comienzan a hablar de startups, de textos que van a escribir, pinturas que van a pintar, tesis que van llorar, debe saber que nada de lo dicho está protegido. Ya lo dije antes. Lo que sí implica esa utilización de la idea es una falta de principios sería; lo mejor es pedir permiso.

“Yo lo veo diferente” (Imágenes)

Usted puede tomar una imagen hecha por alguien más y alterarla a tal punto que sea evidente que está creando una imagen nueva. Por ejemplo, agarrar una fotografía hecha por alguien más e ilustrarla parcial o totalmente. A esto se le conoce como imágenes u obras derivadas, y para hacerlo siempre debe buscar el permiso del titular original de la obra. Si no lo consigue, usted no va a cometer plagio, pero tal vez sí alguna otra infracción a los derechos de autor.

PLAGIO Derechos de autor

6. ¿Cómo entra a jugar el editor o curador o profesor o productor o figura similar en todo esto?

Esta es una zona gris dentro de nuestro mundo jurídico.

Normalmente una obra publicada o expuesta pasa por la revisión de alguien más. Dicha revisión suele implicar una aprobación tácita, un OK, todo está bien, adelante. De tal manera que es tentador pensar que ese alguien más también es responsable de la obra. Y no es descabellado: dicha persona podría pasar la obra por un detector de plagio y ya está. Pero el mundo es tan policivo que llevar esa dinámica al universo creativo es ceder terreno.

La relación entre un autor y su editor o curador o profesor o productor se basa en la confianza. De ahí parte todo. El autor le confía al otro su obra y el otro confía en el autor. Es recíproco. Para eso ni siquiera tiene que haber amistad íntima de por medio. Es más bien un asunto de respeto por el trabajo mutuo. Seguro que usted lo que menos quiere es entregarle su obra con sospecha a alguien. Así mismo, ese alguien no va a querer recibir con temor una obra suya. Explica Carolina Romero, directora de la DNDA, que “el principal responsable siempre será la persona que suplanta al verdadero autor de la obra”. A menos que “otra persona diferente del falso autor de la obra haya consentido o colaborado con la infracción”. Esto último de manera consciente y debe poder probarse con evidencia.

Finalmente este problema también está enmarcado dentro de unas dinámicas de producción que dejan un mínimo espacio de tiempo para la sospecha. Cuántos textos, o ilustraciones, o pinturas, o canciones, o tesis tiene que revisar al día una persona cuyo trabajo es ese. Es ridículo exigirle que desconfíe de todo.

Usted como autora o autor limítese a hacer las cosas bien y, si descubren un plagio suyo, no sea caradura, no le eche la culpa a quien confió en su trabajo y profesionalismo.

En cambio, si usted es editor o curador o etc… encienda las alarmas en ciertos casos: cuando la voz del autor cambie, cuando un total desconocido le envíe una obra salida de la nada, cuando el espíritu santo o su subconsciente le avise que eso usted ya lo vio en algún lado. Entonces, use alguna de estas herramientas para salir de la duda (hay muchísimas más):

Plag.es
Viper
Turnitin
Plagium

7. ¿Cómo actuar cuando usted sospecha que lo plagiaron?

Tiene cinco opciones:

a) Taparse los ojos y seguir su vida como si nada. El problema de esta solución es que está propiciando impunidad y que el plagiador pueda seguir haciendo su magia negra de lo más feliz y tranquilo. (Spoiler: Es la peor opción).

b) Buscar una conciliación. Es un mecanismo legal en el cual usted y la otra persona se sientan a encontrar una salida al embrollo. (La DNDA ofrece este servicio).

c) Optar por un arbitraje. Es un mecanismo legal en el cual usted y el otro se sientan frente a un tercero para que les ayude con la solución. (La DNDA ofrece este servicio).

d) Acudir a la justicia civil y entablar una demanda. (La DNDA ofrece este servicio).

e) Acudir a la justicia penal y poner una denuncia ante la Fiscalía.

En cualquier caso, tenga presente que nadie puede violentar sus derechos, sobre todo los morales. Y cualquier solución debería pasar por el reconocimiento público de que usted es el autor original de la obra.

8. ¿Cómo actuar cuando descubren que usted plagió a otro?

Si por osado o por ignorante usted cometió plagio y alguien lo descubrió, tiene cuatro opciones:

a) Viajar al pasado y asegurarse que los papás de ese “alguien” no se conozcan.

b) Demostrar coherentemente que su trabajo es más original que el Menticol.

c) Tragarse el “Fuck You” que quiere gritar a todos, reconocer su responsabilidad y pedir disculpas antes de que le caiga una demanda encima. O, en su defecto, pedir cacao.

d) Hacer lo que se le dé la gana y buscarse un buen abogado.

PLAGIO Penalizacion

9. ¿Cómo se penaliza el plagio?

Las infracciones a los derechos de autor están consignadas en los artículos 270 y 271 del Código Penal Colombiano. Aunque, de nuevo, en ninguna parte aparece la palabra plagio. Ambos artículos regulan las faltas a los derechos morales y patrimoniales respectivamente.

Hay dos posibles consecuencias:

a) Privación de la libertad entre tres y ocho años según la gravedad del caso.

b) Una multa que va desde 26.66 hasta 300 salarios mínimos legales vigentes; eso es aproximadamente entre 22.000.000 y 248.000.000 de pesos colombianos.

Y no creo que nadie tenga ganas de llegar a ese punto, qué pereza. Además, el proceso puede durar meses e incluso años. Lo mejor es obrar con responsabilidad, respeto por el trabajo propio y ajeno y ética desde el comienzo.

10. ¿Y en Colombia y los medios de comunicación cómo está el asunto del plagio?

Los casos de plagio en Colombia rara vez alcanzan las instancias judiciales, sin que esto signifique que las ofensas no se resuelvan internamente en las universidades y las salas de redacción. Aun así, el camino de los periodistas para hacer valer sus derechos está lleno de dificultades.

Un caso controversial en Colombia: El periodista Mauricio Silva lleva más de ocho años esperando que la justicia resuelva la denuncia que presentó contra el canal RCN por haber basado la telenovela El Joe en su libro investigativo El centurión de la noche. La situación es especialmente grave teniendo en cuenta que uno de los argumentos que presentó el canal fue que las obras periodísticas como la de Silva no estaban sujetas a la protección de los derechos de autor. La forma en la que se resuelva este caso de alto perfil será esencial para diferenciar a futuro entre la simple coincidencia de ideas o datos biográficos con la apropiación del trabajo periodístico y literario.

Un caso controversial fuera de Colombia: En temas de plagio es mejor la prevención que la cura o, de lo contrario, podemos llegar a una situación como la de The New York Times con el periodista Jayson Blair. En 2003 estalló uno de los peores escándalos de la prensa cuando se descubrió que Blair había cometido plagio y otras fallas graves a la ética periodística en más de 36 artículos (de los 73 que había publicado). Después de una investigación interna, el propio New York Times publicó una historia de cuatro páginas, detallando cómo Blair acostumbraba a tomar citas directas de entrevistas de sus colegas de otros medios para simular entrevistas que, en la mayoría de los casos, ni siquiera había realizado. El medio admitió que el escándalo de Blair había sido uno de los puntos más bajos de su historia en más de 150 años.

En los medios de comunicación también juega el prestigio diferencial del medio y del autor, y esto lleva a los involucrados a intentar mantener por debajo de la mesa las fallas a derechos de autor o maximizarlas según su conveniencia o, en desafortunadas ocasiones, dependiendo de relaciones. Sin embargo, cuando en el periodismo la reputación está por encima de la transparencia deberíamos comenzar a desconfiar.

El comentario

Internet es una fotocopiadora. Su función es reproducir al infinito las ideas. La web está llena de botones para compartir y es así que accedemos a contenidos producidos al otro lado de nuestras paredes y pantallas. Internet nos permite ver la antípoda del mundo, del físico y del virtual.

Pero hay una trampa en ver todo desde nuestra pantalla. Ella es el único objeto material que normalmente media en esta relación y, en consecuencia, creemos que todo lo que está allí dentro –ese universo en red– por extensión también es nuestro. Somos millones de personas creyendo simultánea e inconscientemente que Internet nos pertenece. ¿Acaso no contribuimos a su funcionamiento? ¿No producimos y consumimos sus contenidos? Somos millones convencidos de que es nuestro. Y cuando algo es de todos termina siendo de nadie. Zygmunt Bauman2 plantea que esta división del trabajo –tantas personas haciendo aportes minúsculos a un mismo producto– facilita el hecho de que nadie pueda adjudicarse una autoría.

Esa es una de las principales consecuencias de la propiedad inmaterial: sin un objeto tangible es más difícil reconocer la propiedad. “Esto ha creado la falsa creencia de que los contenidos que se encuentran en internet se pueden usar libremente”, dice Carolina Romero de la DNDA. Se refiere a usarlos sin autorización. Sin duda alguna estamos hablando de una restricción.

PLAGIO Comentario

Para nadie es un secreto que el conocimiento se construye como un palimpsesto: una capa sobre otra y sobre otra. La cultura, entonces, es un cúmulo de significaciones y resignificaciones, de usar el trabajo de otro para crear uno propio, una obra colectiva. Y bajo esa premisa las restricciones son un obstáculo. La cultura no es tan libre como parece.

Lawrence Lessig, creador de las licencias Creative Commons, propone que la libre cultura se parece al libre mercado en tanto que está regulada y, por ende, no es libre. En esa medida quienes la regulan y tienen acceso a ella concentran cierto poder: muy pocos pueden pagar los derechos para el uso de una obra. Las Creative Commons se oponen al Copyright en tanto no exigen un permiso de uso, sino que son un permiso de uso en sí mismas. Sin embargo, la idea de Lessig suele malinterpretarse y pensarse como la abolición al derecho de propiedad: todo es de todos. Y no. El objetivo sí es que la cultura fluya libremente para generar más cultura, pero bajo la premisa del respeto por la autoría.

Visto desde otro ángulo. Internet, al ser una obra colectiva, tan mía como suya, implica un acto de responsabilidad, aunque cada vez más desdibujado. Volviendo a Bauman, la división del trabajo anula aparentemente la idea de autor y consecuentemente la de responsabilidad. “La responsabilidad del resultado flota, por así decirlo, sin encontrar su refugio natural”. Nadie responde por lo que aparece o hace en la pantalla. Y en esa equivocación, el conocimiento no se construye usando el trabajo de otro sino robándolo. Devolver el contorno a la responsabilidad implica sacarla del resultado final: no somos responsables por lo que hicimos sino porque decidimos y pudimos hacerlo en un principio. Es un asunto de voluntad. Dice Giorgio Agamben3, en un estudio sobre la culpa, que “la responsabilidad se basa en última instancia en la libre voluntad del sujeto”. Y él entiende la responsabilidad como un mecanismo para responder por lo hecho.

Somos responsables de lo que hacemos en Internet por el solo hecho de usarlo como productores y consumidores –es decir: autores–, más allá de que la caguemos o no. De hecho, actuar con responsabilidad posiblemente evite que la caguemos, porque no hay nada más jarto que tener que dar la cara por una embarrada. Por ejemplo, copiar sospechosamente el trabajo de alguien más. Pero al mismo tiempo es lo único que se puede hacer. Responder.

***

1María Alejandra Echavarría. Plagio: ¿Qué es y cómo se regula penalmente?: análisis del plagio como infracción a los derechos de autor y como delito. Bogotá: Universidad Pontificia Bolivariana: Grupo Editorial Ibáñez, 2017.

2Zygmunt Bauman. Ética posmoderna. México: Siglo XXI editores, 2005.

3Giorgio Agamben. Karman: breve tratado sobre la acción, la culpa y el gesto. Buenos Aires: Adriana Hidalgo Editora, 2018.

*En la redacción, investigación y dirección de arte de este artículo participaron Brian Lara, Ángel Unfried y Juan Camilo Corredor del equipo de Bacánika.

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Bacánika
-Septiembre/16/2024